La eficiencia fiscal en las retribuciones de los empleados

Artículo 7.p) LIRPF para empleados con responsabilidades internacionales

Es ahora, durante las campañas anuales para realizar las declaraciones sobre la renta, cuando se hacen más visibles los esfuerzos realizados por las compañías para mejorar la eficiencia fiscal de las retribuciones de sus empleados.

El artículo 7.p) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es ya un viejo conocido para todo el conjunto de empleados con responsabilidades internacionales, puesto que proporciona una vía para generar un mayor ingreso neto a aquellos empleados que hayan tenido que realizar un alto número de viajes al extranjero como consecuencia de las responsabilidades internacionales que se les hayan atribuido.

Lo que hace no mucho suponía una disposición “opcional” para los departamentos de Recursos Humanos, es cada vez más una exigencia de nuestro entorno normativo, ya que se trata de una regulación ya ampliamente conocida y aplicada por muchas organizaciones.

Si bien en los orígenes de esta disposición, no era infrecuente que las compañías aplicaran esta bonificación fiscal sólo a los niveles ejecutivos más altos y comités de dirección, es cada vez más extendido que se las organizaciones opten por políticas abiertas de la que se puedan beneficiar todos los empleados con exposición internacional, que cumplan los requisitos que la ley y la Agencia Tributaria vienen definiendo.

Este ha sido el caso de KPMG desde la puesta en marcha de nuestra “Política 7p – Beneficio Fiscal para profesionales con Asignaciones Internacionales” hace ahora cuatro años, y que ha permitido considerar como exenta, la retribución correspondiente a los días que hayan trabajado en proyectos facturados a entidades extranjeras.

Felizmente, se trata de una disposición normativa que acompaña en cierta medida una compensación por el alto esfuerzo personal que un gran número de viajes al año puede suponer para un profesional y para su entorno familiar más cercano. Si bien es cierto que dicho esfuerzo no es garantía suficiente para que podamos aplicar esta exención en todos los casos, el disponer una política y un proceso para su gestión robustos, proporciona una vía para una aplicación extensiva a lo largo de la organización, que garantice una gestión lo menos farragosa posible con un alto nivel de responsabilidad y de seguridad jurídica como retenedores delegados de la Agencia Tributaria.

Esperamos que este retorno económico, ayude a compensar en parte ese gran esfuerzo personal que los empleados de KPMG con responsabilidades internacionales han de realizar al cubrir a través de sus viajes los proyectos realizados en el extranjero. ¡Que lo disfruten!

 

Autora: Susana Pastor, Senior Manager de Recursos Humanos de KPMG en España.