La entrada en 2026 ha consolidado una evidencia que ha ido ganando fuerza en los últimos años: la privacidad se ha convertido en una cuestión estratégica de primer orden. Lo que antes se percibía como un ámbito estrictamente normativo, hoy es un elemento central de competitividad, resiliencia y confianza. La aceleración de la inteligencia artificial (IA) —especialmente en su vertiente generativa y agéntica—, la economía del dato y la presión regulatoria están redefiniendo las prioridades de los consejos de administración, los responsables legales y los equipos tecnológicos en este ámbito. Y es que el contexto actual ofrece una paradoja interesante: nunca se ha innovado tanto ni tan rápido como ahora, y nunca ha sido tan necesario demostrar control, trazabilidad y transparencia.
Porque los datos personales, que son la base y motor de la transformación digital, exigen a su vez un marco ético, técnico y regulatorio capaz de sostener un crecimiento responsable. Por ello, que innovación y privacidad vayan de la mano es crucial. Solo así las organizaciones podrán avanzar con confianza, gobernando los riesgos con la misma ambición con la que diseñan nuevas capacidades basadas en datos.
En Europa, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) continúa siendo el gran pilar del ecosistema regulatorio, reforzado de forma permanente por las directrices de la AEPD, el Comité Europeo de Protección de Datos y otras autoridades de la Unión Europea. Pero este marco también está siendo objeto de revisión.
Como explica Noemí Brito, socia en el área Mercantil. Responsable del área de Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías de KPMG Abogados, “el marco legal afronta el debate de si debe ser simplificado para facilitar el desarrollo económico y empresarial”. Porque no se trata de rebajar la protección, sino de aclarar conceptos clave que permitan innovar con mayor seguridad jurídica.
En este sentido, la propuesta de Reglamento Ómnibus Digital avanza precisamente en esa línea: definir mejor qué constituye un dato personal, cuándo la seudonimización es suficiente, cómo deben notificarse las brechas de seguridad o qué garantías se exigen al entrenar modelos de IA.
Esta clarificación es especialmente relevante en un escenario global cada vez más fragmentado, donde las multinacionales deben armonizar políticas en regiones con velocidades regulatorias muy distintas. Para los delegados de protección de datos (DPD) y equipos legales, esto implica pasar de un rol reactivo a uno anticipatorio: leer tendencias, interpretar riesgos emergentes y preparar a la organización para un ecosistema regulatorio en constante evolución.
Por todo ello, “las organizaciones están avanzando hacia modelos de privacidad más maduros impulsados por la tecnología, que se ha convertido en un habilitador clave para escalar y estandarizar la gestión del dato personal y del Gobierno de Privacidad”, subraya Javier Aznar, socio de Technology Risk y Ciberseguridad de KPMG en España. La automatización, la centralización del control y la capacidad de demostrar cumplimiento ganan protagonismo en un entorno regulatorio cada vez más exigente. En este contexto, cobran especial relevancia las herramientas que permiten descubrir, clasificar y mapear datos personales, así como aplicar de forma consistente las políticas de conservación, supresión y minimización, reduciendo riesgos y reforzando la gobernanza de la información.
Si hay un ámbito donde convergen de forma crítica regulación y tecnología es en la inteligencia artificial. Para Noemí Brito, uno de los grandes ejes de esta tendencia es precisamente “el binomio Inteligencia Artificial y protección de datos”. Porque la IA introduce riesgos de sesgo, opacidad, tratamiento masivo de información personal y pérdida de control sobre la trazabilidad.
Las organizaciones ya se enfrentan a cuestiones complejas:
En este sentido, Javier Aznar añade una dimensión clave: que la privacidad debe entenderse desde el diseño de cada modelo y sistema. A este respecto, “el gran reto de las empresas no es solo proteger los datos en reposo, sino garantizar la gobernanza de la inferencia, o lo que es lo mismo, asegurar que el uso de IA no revele patrones sensibles de forma involuntaria”, señala.
La ciberseguridad juega aquí un papel inseparable: proteger no solo quién accede a la información, sino qué aprende la IA de ella.
La entrada en vigor de la Data Act en septiembre de 2025 ha acelerado la transición hacia ecosistemas de intercambio de datos más abiertos y colaborativos. “Estamos viendo un incremento en el interés por parte de las empresas en el desarrollo de modelos de negocio inteligentes y seguros basados en el intercambio de datos, lo que exige reforzar el control sobre la trazabilidad y las bases legales aplicables”. Y, en este sentido, la normativa europea del dato ya permite y potencia el uso y la explotación legítima de los datos personales, si bien se deben seguir adoptando las cautelas y garantías adecuadas respecto a los datos personales.
Este equilibrio entre apertura y protección define la nueva economía digital. Las empresas que quieran innovar en productos inteligentes, servicios hiperpersonalizados o modelos predictivos deben asumir que la privacidad es un componente de valor, no un freno.
En paralelo a lo anterior, la supervisión del ecosistema de terceros se ha convertido en un elemento crítico al hablar de privacidad, pues la proliferación de proveedores tecnológicos —especialmente en IA— introduce riesgos que pueden comprometer la cadena de valor.
Como recuerda Noemí Brito, “controlar más y mejor las garantías de los terceros y los riesgos en la cadena de valor es cada vez más importante, sobre todo, por relación a la tecnología emergente como la Inteligencia Artificial, algo en lo que se centran las autoridades competentes y la nueva regulación de IA”.
Y es que, tal y como añade Javier Aznar, “las organizaciones se enfrentan a cuestiones como la base de legitimación adecuada para entrenar y operar modelos (incluyendo el debate actual sobre el interés legítimo), la pérdida potencial de trazabilidad de los datos dentro de los modelos, la complejidad en la gestión de derechos y los riesgos asociados al uso que terceros proveedores puedan hacer de la información. Y todo ello refuerza la necesidad de integrar la privacidad desde el diseño y asegurar una gobernanza del dato sólida, capaz de mitigar riesgos y garantizar un uso responsable de estas tecnologías.
En este contexto, la privacidad trasciende el ámbito jurídico o técnico para convertirse en un atributo fundamental de marca, reputación y confianza social. Las organizaciones que integran la privacidad desde el diseño —no solo como obligación, sino como compromiso— fortalecen su posición competitiva.
En definitiva, la privacidad se ha convertido en el terreno donde se juega la confianza en la era digital. Un terreno donde regulación e innovación ya no están enfrentadas, sino destinadas a caminar juntas.
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