Reducir drásticamente la deforestación y la degradación forestal, así como recuperar sistemáticamente los bosques y otros ecosistemas representan la mayor oportunidad natural para mitigar el cambio climático. Y es que los bosques y ecosistemas tienen un papel fundamental tanto desde el punto de vista medioambiental como de impacto económico, pues sus activos de capital natural y los servicios asociados sustentan casi la mayor parte de sectores económicos.
Además, más de la mitad del PIB mundial depende moderada o altamente de la naturaleza y, sin embargo, las reservas de capital natural per cápita han disminuido casi un 40 % entre 1992 y 2014. Dado este escenario y con el fin compatibilizar la actividad económica con la preservación del medio natural, la Unión Europea desarrolló y aprobó el pasado año 2023 el Reglamento contra la Deforestación (el denominado EUDR, por sus siglas en inglés), que será de obligado cumplimiento a partir del 30 de diciembre de 2024.
Este reglamento tiene por objetivo reducir al mínimo la contribución de la Unión Europea a la deforestación y la degradación forestal en todo el mundo. Asimismo, pretende reducir la contribución de la UE a las emisiones de gases de efecto invernadero y a la pérdida de biodiversidad mundial.
El Reglamento pone el foco en la importación y puesta a disposición en el mercado de la UE, así como la exportación desde el mercado de la Unión, de las siete materias primas que representan el mayor porcentaje de la deforestación: palma aceitera (34,0 %), soja (32,8 %), madera (8,6 %), cacao (7,5 %), café (7,0 %), ganado bovino (5,0 %) y caucho (3,4 %). Además de las materias primas, también se incluye en el alcance del Reglamento aquellos productos pertinentes que contengan, se hayan alimentado, o se hayan elaborado utilizando las materias primas pertinentes.
A empresas no pymes que actúen como:
Las empresas deben asegurarse de no introducir, exportar o comercializar en el mercado de la UE productos que incumplan el Reglamento contra la Deforestación. En este sentido, los productos deben de ser libres de deforestación; haber sido producidos cumpliendo con la legislación aplicable del país de producción; y que estén amparados por una declaración de diligencia debida.
Las obligaciones dispuestas en el Reglamento serán de obligado cumplimiento a partir del 30 de diciembre de 2024. Por todo ello, las empresas deberán de disponer de un Sistema de Diligencia Debida implantado en la organización y reportar una Declaración de Diligencia Debida por cada producto pertinente; e informar anualmente al público sobre los sistemas de diligencia debida implantados y las medidas establecidas para cumplir con este Reglamento.
A este respecto, la Unión Europea va a ofrecer ayuda. En concreto, estableciendo los criterios para realizar el análisis de riesgos y facilitando herramientas para geolocalización (Copernicus, etc…).
El Reglamento establece que las sanciones deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias e incluirán:
Las empresas que no se adapten correctamente a las obligaciones requeridas por la Unión para luchar contra la deforestación, pueden sufrir impactos significativos en sus operaciones. En particular, podrían tener que asumir los siguientes riesgos:
Como puede observarse, distintas regulaciones están ya apuntando a la necesaria consideración de la cadena de valor en las estrategias de sostenibilidad empresarial. Es el caso de las disposiciones europeas relativas a los informes de sostenibilidad (la denominada CSRD) o la propuesta de Directiva de Debida Diligencia (la CS3D). En esta ocasión, el Reglamento EUDR pone el foco en el ámbito de determinados productos y el establecimiento de procesos de Debida Diligencia. En consecuencia, será esencial gestionar y minimizar los riesgos asociados al no cumplimiento del Reglamento Europeo contra la Deforestación, aprovechando al máximo las oportunidades que este ofrece.
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