¿Cuáles son las causas más comunes por las que puede fallar un modelo de Compliance?

La Oficina de Control de Activos estadounidense (conocida también como OFAC, por sus siglas en inglés) es un organismo dependiente de la Oficina de Terrorismo e Inteligencia Financiera de EE.UU. Entre sus competencias figura el incoar sanciones económicas y comerciales contra gobiernos, organizaciones e individuos que utilicen el sistema financiero estadounidense en contra de la seguridad nacional.  Dentro de sus funciones, la OFAC anima a todas las organizaciones a disponer de un Programa de cumplimiento respecto de sanciones, sólido y efectivo.

Estos Programas de cumplimiento sobre sanciones, tal y como los denomina la OFAC, son modelos de Compliance específicos cuyo principal objetivo es prevenir que las organizaciones inicien una relación comercial con una entidad o persona sancionada.

Para ello, en febrero del año 2019 se publicó el documento Marco para el cumplimiento con los compromisos de la OFAC, donde se describen los cinco elementos esenciales que debe reunir todo Programa de cumplimiento de sanciones. Este Marco aplica a todas las organizaciones estadounidenses y extranjeras que operan en EEUU, o que utilizan bienes o servicios con origen en este país.

Aunque la OFAC reconoce que cada Programa de cumplimiento de sanciones variará teniendo en cuenta las características propias de cada organización, existen algunos elementos esenciales que debe contemplar cualquier modelo, y que ya hemos visto en otros estándares de esta serie, como son: (i) el compromiso de la alta dirección: (ii) el ejercicio de evaluación de riesgos sobre clientes, productos, servicios y áreas geográficas para determinar el potencial riesgo de contravenir lo establecido por la OFAC; o, (iii) la formación a todas las personas de la organización como mínimo una vez al año, entre otros.

La relevancia de este documento no solo radica en su cuerpo sino también en su Anexo, donde la OFAC, basándose en su experiencia, identifica una serie de posibles causas raíz por las que suelen fallar los Programas de cumplimiento de sanciones. Este listado, por su aproximación general, podría ser extrapolable a modelos de Compliance sobre otras materias e incluye entre otros:

  • La falta de documentación del Programa.
  • La malinterpretación de las normas de la OFAC aplicables.
  • La realización de operaciones a través de sociedades filiales no residentes en USA, con la intención de evitar la aplicación de restricciones.
  • El llevar a cabo operaciones de exportación o reexportación a través de mecanismos poco habituales que intentan ocultar la verdadera naturaleza de la operación.
  • La falta de procedimientos de due diligence sobre clientes.
  • Las posibles inconsistencias entre la definición de un modelo de Compliance centralizado y el modo de operar de la organización.
  • O la responsabilidad individual de las personas, sobretodo las que operan en jurisdicciones diferentes a las de la matriz y sienten como más lejana esta normativa.

En el siguiente video de esta serie analizo cuáles serían elementos esenciales que debe tener un Programa de cumplimiento de sanciones según la OFAC, y cuáles son las causas más habituales por las que pueden fallar.