Nueva Ley de Solvencia de las entidades aseguradoras

El sector asegurador está a la espera de que se publique en el BOE la aprobación de la nueva Ley de Ordenación y Supervisión del Seguro Privado, cuyo Proyecto de Ley fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 20 de febrero.

La normativa europea sobre Solvencia II, que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2016, se basa en tres pilares. El primero establece unos requerimientos mínimos de capital que deben cumplir las entidades aseguradoras para garantizar su solvencia, minimizando las posibilidades de insolvencia ante “situaciones económicas adversas” de las entidades aseguradoras. Por otro lado, se pretende facilitar la competencia entre las entidades. Y, finalmente, el tercer pilar es promover la transparencia de la información. Con todo ello se conseguirá la homogeneización de las normas que regulan las entidades aseguradoras en el entorno europeo, así como el fortalecimiento del papel de supervisión, que en el caso español corresponde a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

El papel clave que va a tener el supervisor en cada uno de los países será uno de los principales aspectos de la nueva normativa. Por ello, desde el 1 de abril las entidades aseguradoras pueden solicitar a la Dirección General de Seguros autorización para aplicar los modelos internos en el cálculo de la solvencia de su entidad, lo que permitirá reducir la exigencia de capital utilizando su propia experiencia y en función del control de riesgos que tienen establecido en la gestión de sus actividades. No obstante, la hoja de ruta ya está en marcha desde finales del pasado mes de enero, cuando las entidades aseguradoras tuvieron que explicar su proceso de adaptación a la nueva normativa de Solvencia II.

La publicación en el BOE de la nueva ley implicará una auténtica transformación en la forma de gestionar las entidades aseguradoras. Va a requerir una mayor cantidad de información que, en la mayor parte de los casos, solo será posible con una fuerte inversión en tecnología de la información.

Para el conjunto del sector, la adaptación a la nueva normativa podrá suponer una disminución en el exceso de solvencia que las entidades tienen, según los cálculos realizados por la Dirección General de Seguros. Sin embargo, hay entidades aseguradoras que trabajan el ramo de vida que van a aumentar sus provisiones para adaptarse a Solvencia II. En el entorno actual de tipos de interés bajos, las entidades aseguradoras de vida españolas que cuentan con ahorro a largo plazo tendrán que variar su estrategia de venta.

Como ya se observó en las conclusiones del test de estrés realizado durante el ejercicio 2014 y publicado por la autoridad europea de seguros y planes de jubilación (EIOPA, por sus siglas en inglés), una gran mayoría del sector asegurador europeo cuenta con niveles adecuados de solvencia para hacer frente a potenciales situaciones de shocks económicos o escenarios negativos. Solo el 14% no cumple con los requerimientos mínimos para el escenario base y en algunos países se han presentado potenciales deficiencias. Los resultados en España han sido mejores que los de otros países europeos debido a que las novedades técnicas de la normativa de Solvencia II en Europa ya se venían aplicando en el sector asegurador en España.

El reto de las entidades aseguradoras españolas para el resto del año 2015 es acabar de cumplir con la hoja de ruta establecida, trabajando codo con codo con la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para lograr los objetivos marcados y llegar al 1 de enero de 2016 con las garantías suficientes para cumplir con la nueva normativa.

Autor: Antonio Lechuga, socio responsable del Sector Seguros de KPMG en España.

Fuente: El Economista. Publicado el 24 de julio de 2015