La CNMV y BME han presentado este 21 de mayo un nuevo proyecto, denominado BME Easy Access, para hacer más atractivas para las empresas las salidas a bolsa. Esta iniciativa se enmarca en la necesidad a nivel europeo de dinamizar la capitalización bursátil, que ha sufrido una cierta ralentización en los últimos años y que es un pilar fundamental de las economías modernas.
Efectivamente, es en interés tanto de las compañías como de los inversores el que haya un equilibrio adecuado entre los mercados privados y los públicos, ya que un excesivo viraje hacia los mercados privados que no sea compensado con otros modelos podría descansar demasiado en la bilateralidad, reducir la transparencia y las opciones de financiación.
Para remediar esta situación, tanto el informe de la OCDE para revitalizar los mercados de valores españoles como las propuestas del Libro Blanco sobre el impulso de la competitividad de los mercados de capitales, llevado a cabo por BME, insisten en medidas que permitan la flexibilización de las salidas a bolsa, manteniendo los valores y el rigor necesarios para las empresas cotizadas.
En este contexto, BME Easy Access permitirá separar el momento de la admisión en el mercado regulado de las empresas respecto a la obtención del free float necesario. A través de este nuevo sistema, una compañía podrá salir a bolsa sin contar con la distribución accionarial mínima (actualmente de un 25% y cuando entre en vigor el paquete normativo de la Listing Act, un 10%), pero cumpliendo con todas las restantes obligaciones y requisitos aplicables a una sociedad cotizada.
A dichas compañías se les concederá un plazo de 18 meses para poder conseguir el free float mínimo, bien a través de OPVs u OPs o vía ventas en bloque (por un importe mínimo de 100.000 euros). Si transcurrido ese plazo no se ha obtenido el free float necesario, en función de la situación y la valoración del regulador, podrá concederse a la sociedad un periodo extra de 6 meses para obtenerlo, aceptarse un menor free float -conforme a lo establecido en la legislación vigente- o bien se activará la exclusión de oficio.
No obstante, en ningún momento se procederá a la compensación económica de los accionistas que hayan comprado acciones durante el periodo interino (que en cualquier caso serán cualificados), ni se exigirá para la salida del mercado una OPA de exclusión. Esto último resulta especialmente útil para posibles procesos de dual track en los que por ejemplo finalmente se desista de permanecer en el mercado por la compra de un paquete accionarial significativo por parte de un fondo.
En este punto cabe señalar que, si bien BME Easy Access no ha sido ideado con ese objetivo (facilitar los procesos de dual track), si no con el de animar a las empresas a emprender salidas a bolsa, no se puede descartar que en el futuro veamos también su utilización para estos fines.
Por otra parte, es importante destacar que las empresas que quieran optar por la vía de BME Easy Access deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Una valoración superior a 500 millones de euros, salvo autorización expresa de la CNMV a una cantidad menor. En este sentido, en el folleto de salida a bolsa se deberá manifestar que se cumple con este requisito, pero no será obligatorio publicar un dato concreto a este respecto. Las vías de acreditación de la capitalización mínima podrán ser:
En este punto es importante destacar que, si no se hubiera preestablecido un precio de referencia, pero durante el periodo interino hasta alcanzar el free float se produjera una venta en bloque, dicha venta fijaría el precio de referencia.
2. La sociedad deberá cumplir con todos los requisitos legales y de buen gobierno corporativo aplicables a las sociedades cotizadas a salvo del relativo al free float, desde el mismo momento de su admisión. Es decir, se aplicará en el periodo interino todo el paquete normativo aplicable a sociedades cotizadas (p.e.: obligaciones de transparencia, normativa relativa al abuso de mercado y a las OPAs, etc.).
3. El folleto será el mismo que para cualquier sociedad cotizada en el mercado regulado. No obstante, y lógicamente, al no producirse una colocación en ese mismo momento, en la nota de valores no será necesario describir dicha transacción. Respecto a las operaciones de colocación posterior (que podrán hacerse en sucesivos momentos si así se considera), si se dan las circunstancias que la legislación establece a este respecto, dichas transacciones podrían acogerse a las exenciones establecidas a la necesidad de publicar un folleto.
4. Mientras no se logre el free float necesario, la negociación será solo entre inversores profesionales mediante bloques. Una vez alcanzada la difusión requerida, las acciones comenzarán a negociarse en el SIBE.
En definitiva, esta nueva modalidad permitirá desvincular el proceso de salida a bolsa de factores macroeconómicos y de liquidez, lo que facilitará la planificación empresarial y reducirá el riesgo de que factores externos impidan la ejecución de la operación. Es decir, se dotará al proceso de una mayor flexibilidad mitigándose el riesgo de ejecución de la operación al no necesitar que coincida la salida a bolsa con la colocación, pudiéndose elegir el momento de esta última con una menor antelación.
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