Fe en el Catastro: ¿Catástrofe u oportunidad?

Como de todos es sabido el Catastro nos afecta a todos, en cuanto a que en él se detallan los datos sobre titularidad y valoraciones de todos los inmuebles de España con fines esencialmente tributarios. Sobre sus datos pagamos el Impuesto sobre bienes inmuebles, el Impuesto de Plusvalía Municipal, el Impuesto de Actividades Económicas para algún sector inmobiliario, y sirven de referencia en Impuestos como el IRPF, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Todo el abanico tributario está de alguna manera tocado por la actuación del Catastro.

Desde la creación del Catastro Urbano allá por los años 70 del siglo pasado, la preocupación de los distintos ejecutivos ha sido la de adecuar a la realidad legal, principalmente contenida en el Registro de la Propiedad, y a la realidad económica (valor de mercado) los datos técnico-valorativos de ese Registro. Esto incluso hoy, 50 años después, no es una tarea terminada y sigue siendo el caballo de batalla de la Dirección de Catastro.

La incorrecta o desactualizada inclusión de esos datos provoca, en no pocas ocasiones, que paguemos de más en muchos impuestos, siendo los principalmente afectados los Impuestos locales de IBI, Plusvalía Municipal e incluso IAE para determinadas actividades inmobiliarias.

A las eventuales discrepancias en cuestiones de titularidad de los inmuebles, que existen, por ejemplo, puede ocurrir que se otorgue la titularidad catastral de todo un inmueble al superficiario de unos pocos metros cuadrados del edificio, hay que añadir las -lamentablemente- más comunes discrepancias en las fórmulas y parámetros utilizados para determinar los valores catastrales de los inmuebles. Desde errores en medición de superficie, determinación de usos del inmueble, categoría de la ubicación, calidades de construcción, etc.

De acuerdo con nuestra experiencia, se detectan errores en los elementos que componen el valor catastral y/o otros elementos tributarios en más de la mitad (holgada) de los inmuebles en España.

La importancia de detectar y valorar los posibles errores

¿Podemos entonces afirmar que estamos pagando lo debido en nuestros Impuestos locales?. Como se ha comentado con anterioridad, estos errores, normalmente, llevan emparejada una mayor carga tributaria, por lo que una gran parte de los contribuyentes pagaría cada año más de lo que debería por sus Impuestos Locales.

¿Es esto una catástrofe? Pese a no ser una buena noticia, la parte positiva para el contribuyente es que, detectados y valorados los posibles errores y puestos de manifiesto ante la Dirección de Catastro, son rectificados y adecuados a la debida realidad legal y tributaria. Podemos tener fe en el buen funcionamiento del catastro, solo hace falta actuar.

Utilizando una metáfora en tono distendido, sería como aquella persona que un día tras otro rezaba para que le tocara la lotería, hasta que en una ocasión y con una puesta en escena espectacular se le apareció un santo diciéndole: “No te preocupes, hijo mío, tus deseos serán cumplidos y te va a tocar la lotería…, pero ¡compra el décimo, hombre, cómpralo!”

Es cierto que la acción a llevar a cabo por el contribuyente para poner las cosas en orden no es tan fácil como comprar un décimo, siguiendo con la metáfora, ya que requiere en prácticamente todos los casos de un cóctel de conocimientos técnicos valorativos, tributarios, y procedimentales para su consecución favorable. Se trata de dar un paso complejo, pero un paso, al fin y al cabo.

La posible devolución del exceso pagado

Dado este paso, y superadas todas las posibles dificultades, el contribuyente podrá estar tranquilo con que se hará justicia tributaria y pagará solo lo que debe en su factura de imposición local y optimista en cuanto que, conforme al reciente criterio establecido por nuestro Tribunal Supremo, estas rectificaciones de errores pueden abrir la vía a reclamar la devolución del exceso pagado en estos impuestos locales en los últimos cuatro años. Incluso este periodo podría ser más extenso si el contribuyente hubiera adoptado algunas medidas con anterioridad.

En los tiempos que vivimos en los que la economía globalizada exige a las empresas y empresarios ampliar sus márgenes de beneficio, ya de por sí maltrechos, el hecho de que existan errores administrativos en el Registro Catastral no solo debemos verlo como una catástrofe más del sistema, sino también como una oportunidad de mejorar la competitividad de nuestras empresas reduciendo esos costes recurrentes que imponen los tributos locales y que, gota a gota y amparados muchas veces en la inacción, van haciendo mella en el resultado de explotación de las entidades.

De nosotros depende que nuestra inacción o acción con el Catastro acabe en catástrofe o en oportunidad.

Lo dicho ¡compra el décimo, hombre, cómpralo!