La externalización de la banca, bajo la lupa del BCE

La revolución tecnológica y digital, junto con la elevada competencia y la necesidad de reducir costes, están dando lugar a que las entidades de crédito estén contratando con proveedores externos la ejecución de actividades y servicios de manera intensiva. El abanico de posibilidades es muy amplio, por lo que la externalización no solamente tiene impacto en los costes de los bancos, sino que puede llegar a afectar a su modelo de negocio, de la misma forma que la titulización de activos lo hizo en su momento. Y esto ha hecho que el Banco Central Europeo haya puesto el foco en este asunto.

Múltiples estudios indican que para el año 2025 la externalización de servicios alcanzará cifras muy relevantes, siendo el sector bancario el que experimente un mayor crecimiento debido a la carga regulatoria a la que está sujeto, la presión sobre sus costes como palanca para incrementar la rentabilidad y la necesidad de centrarse en la diferenciación basada en innovación (robotics, big data, proveedores cloud…). Llevar a cabo este proceso de forma controlada y de acuerdo con la propia estrategia de negocio de las entidades resultará determinante para evitar situaciones indeseadas.

De esta forma, es necesario que haya una estrategia de externalización centralizada que esté alineada con la propia estrategia de negocio de la entidad a corto, medio y largo plazo. La externalización bien enfocada puede generar grandes oportunidades de negocio para las entidades, mientras que una externalización desordenada puede llevar a la entidad a incurrir en riesgos de los que el propio banco puede no llegar a ser consciente, originados por una maraña de proveedores de actividades y servicios, pudiendo llegar a perder los conocimientos necesarios para el desarrollo de la actividad.

Podemos hablar de externalización de servicios o de actividades, intragrupo o externa, de actividades y servicios internos o de actividades y servicios frente a clientes…, pero en todos los casos prevalece el axioma de que la externalización no supone una transmisión de la responsabilidad ni del riesgo, ya que el “externalizador” seguirá siendo, en última instancia, el responsable por los servicios y actividades externalizados, y quien sufra las consecuencias de fallos en los mismos. Por ello, las entidades deben identificar claramente los riesgos en los que incurren con la externalización y controlar a sus proveedores (internos y externos). Y ese control debería implicar tanto al departamento responsable de la externalización como a las funciones de control existentes en los bancos. Estamos hablando de las funciones de gestión de riesgos, de cumplimiento y de auditoría interna.

Ante la heterogeneidad en la forma en la que los supervisores europeos vigilan la externalización de servicios en los bancos y la obsolescencia de los estándares internacionales, parece lógico que el Banco Central Europeo se proponga emitir un documento sobre sus expectativas en la materia. El primer paso ya lo ha dado Autoridad Bancaria Europea, que ha emitido un par de guías en las que cubre aspectos determinados de la externalización. Por ejemplo, en su reciente Guía de Gobierno Interno de los bancos ha establecido la necesidad de que cuenten con una política de externalización aprobada por el consejo de administración. En este contexto, es normal que los bancos se encuentren expectantes ante la próxima propuesta del BCE y el impacto que pudiera tener en ellos.

Fuente: Expansión, 19 de junio de 2018.